Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD acordada en fecha 19 de febrero de 2005 por este Tribunal en contra de los imputados PALACIOS SÁNCHEZ JOSÉ REYES Y LLOREDA MACHADO OSTONES, de Nacionalidad Colombiana, titulares de las Cédulas de Ciudadanía números C.C.-4.815.006 y C.C.-3.532.179, respectivamente, residenciados el primero, en el barrio Las Malvinas, calle sin número, cerca de la peluquería Yusney, de la población de El Nula, Estado Apure, y el segundo, en el barrio Vista Hermosa, calle sin número, casa sin número, de la población de El Nula, Estado Apure, presuntamente incursos en la comisión del delito de DESTRUCCIÓN A LA VEGETACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Penal de.....