SIN LUGAR, la presente acción de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, intentada por la ciudadana MARIA DIAMELA CHAVEZ IZARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.689.888, y de este domicilio, debidamente asistida por la ciudadana CARMEN LUISA BARRIOS (Fiscal Sexto con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente), a favor de la niña (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), contra el ciudadano JONATHAN DAVID USECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 18.544.618; por cuanto la prueba de ADN demostró que el referido ciudadano no puede ser padre biológico de la niña (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).-