Ahora bien, en el caso de marras, es importante mencionar que la resolución Nº 2023-0001, dictada en Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del veinticuatro (24) de mayo del 2.023, que modifica la cuantía para conocer de las causas en Primera Instancia, y siendo que, los Tribunales de Municipio y Ejecutores de Medidas se les atribuye la competencia para conocer de asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil veces el tipo de cambio de moneda de mayor valor establecida por el Banco Central de Venezuela, y que a todas luces la presente acción supera con creces la señalada cuantía, y por ende la presente acción por la cuantía corresponde ser tramitada y sustanciada por este Órgano Judicial, en virtud de la revisión realizada al escrito de reforma del libelo de la demanda, este Tribunal observo que se realizó su estimación, por un valor de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS DOLARES AMERICANOS USD ($ 4.136 USD), que a la presente fecha equivalen a 3.589,64 Euros, que es la mon.....