Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; SE DECLARA: INCOMPETENTE para conocer de la presente causa de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana YESENIA ROSIO CARDENAS GUILLEN, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad N°.V- 12.322.122, con domicilio en el Barrio La morenera, carrera 7, casa N° 629, Parroquia San Fernando del Estado Apure, debidamente asistida en este acto por el ciudadano EVENCIO JOSE BARRIOS COLINA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.617.067, abogado en ele libre ejercicio de la profesión, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 136.629, con domicilio procesal en la Calle Ricaurte c/c Comercio, Edificio santa Eduvigis, Piso 2, Oficina 2, del Municipio San Fernando del Estado .....