PRIMERO: CULPABLE, los ciudadanos: ELIECER RAMON TORREALBA, venezolano, mayor de edad, natural de San Fernando Estado Apure, de profesión u oficio: Indefinido, titular de la Cédula de Identificación personal Nº 14.948.006, residenciado en apurito, calle comercio, al final al lado de la planta de agua y ZAIDA SOBEIDA ZAPATA SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, natural de San Fernando Estado Apure, titular de la Cédula de Identificación personal Nº 9.877.604, residenciado en la urbanización Santa Barbara, calle N° 5, quinta Bella, casa s/n, del Municipio Achaguas, por la comisión del delito FRAUDE CONTINUADO CON SUSCRIPCION DE DOCUMENTO, previsto y sancionado en el En el articulo 463 numeral 2, en concordancia con los artículos 99 y 102 del Código Penal; como materializado en perjuicio de los ciudadanos JOSE MIGUEL TOVAR ARJONA, FRANCISCO ANTONIO SEGOVIA LAYA, YARAIMA GUTIERREZ POLANCO y MARIA MERCEDES ESPAÑA MATUTE. En consecuencia, se condenan a los ciudadanos: ELIECER RAMON TORREALBA .....