DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana MIRLA DEL CARMEN HIDALGO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.193.159, actuando en su condición de madre y representante legal de la adolescente MERLIN CAROLINA GOMEZ HIDALGO, actuando en su propio nombre, formula demanda de Aumento de Obligación Alimentaria, contra el ciudadano RAMON EVELIO GOMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.155.636.-
SEGUNDO: Se Decreta con carácter DEFINITIVO la obligación Alimentaria en la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo) mensuales, por concepto de Obligación Alimentaria, suma esta equivalente al 37% del Salario mínimo Urbano, a partir del mes de Noviembre del año en curso, cantidad que será depositada por el organismo empleador del demandado de autos en el Banco Industrial de Venezuela, cuenta de ahorros, signada con el Nº 01-054-008172-2, mas la suma de .....