Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al interno HENRY MURCIA PERDOMO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C. 16.654.995, natural de Cali, República de Colombia, nacido en fecha 01-06-1961, de 47 años de edad, de ocupación mecánico, de estado civil soltero, hijo de Simón Murcia y Elbia Perdomo, residenciado en el Barrio Páez, diagonal al Cementerio Taller el Torno del señor Abel, El Nula, Estado Apure, quien fue condenado por la comisión del delito de Actos Lascivos, tipificado en el artículo 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de la niña Vanes.....