Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos RANGEL LOPEZ RAFAEL ALEJANDRO y MOTA DE RANGEL MIRIAN ELIZABETH, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.195.616 y 8.168.347, respectivamente, asistidos por la abogada BEATRIZ DE AGUIAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 159.045. En su escrito los comparecientes expusieron que solicitan se declare disuelto el VÍNCULO CONYUGAL, que contrajeron en fecha 16 de mayo de 1.983, por ante La Prefectura del Municipio San Fernando, del Estado Apure, según consta en el acta Nº 95, de los Libros llevados por ante el Registro Civil del Municipio San Fernando, del Estado Apure