PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: REMIGIO OSCAR PEÑA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido el 21-09-87, titular de la Cedula de Identidad personal Nº 20.109.214, soltero, Obrero, residenciado en el Barrio Los Mangos, Vía El Tocal, al lado de la construcción del materno infantil, San Fernando de Apure, Estado Apure; de la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo para la época de los hechos; como materializados en perjuicio de HECTOR ANIBAL GUERRA MEZA. En consecuencia, se condena al ciudadano: REMIGIO OSCAR PEÑA LOPEZ, ya identificado, a cumplir la PENA DE SIETE (07) AÑOS DE PRESIDIO en el establecimiento que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, firme como quede la presente Sentencia.
SEGUNDO: Se condena igualmente al Ciudadano REMIGIO OSCAR PEÑA LOPEZ, ya identificado, a cumplir las penas accesorias d.....