Ahora bien, esta Juzgadora en atención a la norma citada supra, pasa a revisar los medios de pruebas señaladas por el solicitante de la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre el inmueble objeto de la presente demanda, que se encuentra ubicado en el Barrio Las Marías 2, calle Circunvalación, vivienda s/n, Jurisdicción de la Parroquia San Fernando, Municipio San Fernando del estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con la vivienda de María Rodríguez, con (41,20 MTS), SUR: con la vivienda de Ángela Castillo con 41, 20 Mts, ESTE: con la parcela de María Pérez con (7, 50 Mts) y OESTE: con la Circunvalación (7,20 Mts) para una superficie total de (302, 82 Mts2), protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Fernando de Apure, en fecha 14 de Marzo del año 2017, bajo el numero 1, folio 1, tomo 7, del Protocolo de transcripción del presente año respectivo; de la siguiente manera: i) documento original que riela a los .....