ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano CASTRO VISCAINO JUAN CARLOS, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.536.540, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento 24-11-1959, mayor de edad, soltero de oficio asesor de salud, auxiliar de farmacia, hijo de Salvador Castro y Inés Vizcaino, residenciado en la urbanización Manga de Coleo, calle principal, casa S/N, Guasdulito, estado Apure, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA Y EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA, previstos y sancionados en los artículos 463 numeral 1º y 134 de la Ley del Ejercicio de la Medicina, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza d.....