Biruaca, 19 de Octubre del 2017
206º y 158º
Vista la anterior justificativo de testigo evacuado por ante este Despacho, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN", a favor de la ciudadana: ÚRSULA ISABEL TOVAR RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.197.428, las bienhechurías que se determinan en la solicitud, están construidas en terrenos de propiedad municipal, según se evidencia en el Contrato de Arrendamiento de Ejido, otorgado por la Abogada Jheancerlhis Del Valle Echenique Rojas, en su carácter de Sindica Procuradora de la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure, autorizando en sesión de fecha 07-02-17, según oficio N°345-17, anotado bajo el N°289, Libro N°.....