declara con lugar la solicitud planteada por el ciudadano Jesús Maria Rengifo, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 8.157.896, residenciado en el Asentamiento Viento "B" Carretera vía Achaguas, Municipio Biruaca del Estado Apure, asistido por el Abogado ELIAS ASCANIO S., en consecuencia se ordena la entrega plena, directa y definitiva al propietario Jesús Maria Rengifo, arriba identificado, del vehículo Marca: FORD, Modelo: FAIRMONT, Año 1978, Color: Azul, Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Serial de Carrocería AJ92M55042, Serial del Motor 6 CIL, Uso: Particular, sobre el cual tendrá pleno dominio de uso y disposición, todo de conformidad con el primer aparte del artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese y notifíquese al solicitante, al abogado asistente, y al Ministerio Público, de la entrega plena y directa del vehículo. Desglósese los documentos originales del vehículo para ser entregados al propietario y déjese copias ce.....