este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en contra del acusado JOSÉ DEL CARMEN RINCON, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad No. V-15.041.930, natural de Guasdualito, Estado Apure, nacido en fecha 12-03-1984, de ocupación u oficio obrero, hijo de Maura Rincón y Manuel Farias, residenciado en el Barrio La Esperanza de la Victoria, Estado Apure; presuntamente incurso en la comisión del delito de Transporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, en consecuencia se Niega lo solicitado por la Defensa. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO,
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