Por todos los razonamientos antes expuestos, este tribunal por cuanto no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Declara CONVERTIDO EN DIVORCIO LA SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los cónyuges: DANIELA PATRICIA VELÁZQUEZ BOLÍVAR Y LEONARDO ANTONIO RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nos V-19.406.727 y V-15.174.521 respectivamente, y disuelto el vinculo Matrimonial celebrado entre los cónyuges antes mencionados, el día ocho (08) del mes de septiembre del año Dos Mil Doce (2012), según acta de matrimonio acompañada Nº 303, y así se decide.-