DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la Defensa en cuanto a la Desestimación de la Acusación Fiscal y el Sobreseimiento de la presente causa.
SEGUNDO: Conforme al artículo 330 numeral 2º del Código Orgánico SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Público en contra de la Ciudadana YUNAICA NAKARI MARCHAN PIÑA, venezolana, natural de San Fernando, Estado Apure, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.219.916, de profesión u oficio estudiante, residenciada en el Barrio Santa Ana, calle principal, frente a la cancha deportiva, casa N° 23, San Fernando- Estado Apure, por la comisión del delito de ASALTO A TAXISTA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 358, 3° aparte en concordancia con e.....