este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Contrato de Arrendamiento expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha 30 de julio del año 2.013; dicho terreno consta de TRESCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS (315,00 M2); ubicado en "ARICHUNA", de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CALLE BOLÍVAR, EN (17,50 Mts); SUR: TERRENO MUNICIPAL, EN (17,50 Mts); ESTE: PARCELA DE LA FAMILIA BELLO, EN (18,00 Mts); OESTE: PARCELA DE LA FAMILIA HERNANDEZ, EN (18,00 Mts); las cuales han construido con dinero de su propio peculio,.....