Finalmente, esta juzgadora considera: Que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las copias de las Cédulas de Identidad, Acta Matrimonio, Acta de Nacimiento y Acta de Defunción acompañas a las solicitud, sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus: AURA LETICIA ARRIAGA DE SOSA, los Ciudadanos JOSEFA MANUELA SOSA DE SOLORZANO, JUAN BAUTISTA SOSA ARRIAGA, VICENTE DE JESUS SOSA ARRIAGA, MARIA DE JESUS SOSA ARRIAGA, AURA HORTECIA SOSA DE RIVERO, ELIZABETH DEL COROMOTO SOSA DE BERMUDEZ, MIGUEL ARMANDO SOSA ARRIAGA y CARLOS ENRIQUE SOSA ARRIAGA, venezolanos. mayores de edad, titulares de las Cedula de Identidad N° 3.348.352, 2.232.524, 4.669.909, 3.348.353, 3.768.938, 4.139.250, 4.669.911, 4.669.910, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad co.....