DECLARA: CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria, formulada por la ciudadana ALBA ZULEIMA PEREZ LAYA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.046.555, formula Demanda por Obligación Alimentaría, contra el Ciudadano RAUL ANTONIO JIMENEZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.529.129, a favor del niño DENKRIS ALEXIS PEREZ LAYA, debidamente asistida por el abogad PEDRO JESUS BALCAZAR, en su condición de Defensor Publico Séptimo, en consecuencia se acuerda:
PRIMERO: Se Decreta obligación alimentaria, a favor del niño DENKRIS ALEXIS PEREZ LAYA en la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,oo) mensuales, por concepto de Obligación Alimentaria, suma esta equivalente al 15% del Salario mínimo Urbano, a partir del mes de Noviembre del año en curso, cantidad que será depositada por el demandado de autos en una cuenta de ahorro que a los efectos se ordena aperturar en esta misma fecha en el Banco Industrial de Ve.....