Visto el escrito de Recusación de fecha 31 de octubre de 2012, interpuesto por la ciudadana ANA MARIA TAPIA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.608.427, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio, Marcos Elías Goitía, titular de la cédula de identidad Nº 11.756.223, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.239, en el expediente Nº 3671, nomenclatura de este Juzgado Superior, contentivo de la QUERELLA FUNCIONARIAL, incoada contra la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, estando en la etapa de rendir informe de recusación, lo hago de la siguiente manera:
1.- En el escrito de recusación, la recusante expone "De conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, ordinales 15 y 18, formalmente recuso a la Ciudadana Juez...omissis...; por lo que me recusa, conforme al artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, ordinales 15 y 18.
2.- En tal sentido esta Juez, considera pertinente citar lo establecido en el citado artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, or.....