Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre una superficie de terreno propiedad de la Solicitante, según DOCUMENTO DE COMPRA VENTA registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 03 de Julio de 2.008, bajo el N°. 26, Folios 164 al 169, Protocolo Primero, Tomo 3, Tercer Trimestre del citado año (2008); presentado en original para su vista y devolución; constante de: NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS (93,99 M2), ubicado en el Barrio "DIOS CON NOSOTROS", Calle La Bendición, Manzana 03, dentro de los linderos particular.....