Finalmente esta Juzgadora considera que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las actas de nacimiento acompañadas a la Solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos José Luis Ibáñez Pereira, Rafael De Jesús, Angel Modesto, Freddy Jerónimo, Ana Margarita Y William De Jesús Ibáñez Pereira (Difunto) Sus Hijas Dalila Margarita Ibáñez Valera, Gilliam Josefina Ibáñez Valera, Jessica Cecilia Ibáñez Hurtado y esposa del difunto la ciudadana Lila Rosa Valera, venezolanos (a), mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 2.225.170, 2.224.887, 1.844.781, 4.138.309, 8.167.720, 14.947.034, 11.240.485, 17.395.253 376.912 todos de este domicilio, cuya filiación esta legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Sufici.....