Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano CARLOS EDUARDO QUINTERO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. V.- 10.132.147, natural de Guasdualito, estado Apure, nacido en fecha 15 de marzo de 1971, de 42 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio docente, hijo de los ciudadanos Consuelo Márquez y Luís Ramos, residenciado en la avenida Marquéz del Pumar, casa Nº 6-28, al lado de la venta de agua mineral La Trinidad, Guasdualito, Municipio Páez del estado Apure, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ADOLESCENTE CONSUELO VA.....