Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un lote de terreno constante de DOSCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CERO CENTÍMETROS (261,00 M2), propiedad Municipal, ubicado en la Urbanización "La Trinidad, Avenida Principal Sector II", de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure; comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Principal, en (16,90 Mts.); SUR: Casa de Bruno Bravo, en (13,20 Mts.); ESTE: Casa de Marga Buayz, en (13,00 Mts.), y OESTE: Casa de Carlos Javier Juárez, en (17,90 Mts.), constando las mismas de: Un (01) casa de construcción mampost.....