DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo previsto en el Art. 349 del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
PRIMERO: CULPABLE, a los ciudadanos NELSON ALBERTO NIEVES ARMAS, venezolano, natural de San Fernando Estado Apure, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.453.112, residenciado en la Urbanización El Paraíso II, casa Nº 17 calle 03 del Municipio Biruaca del Estado Apure; y DEINA ROSELIN SULBARAN MORENO, venezolano, natural de San Fernando Estado Apure, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.529.061, residenciado en la Urbanización El Paraíso II, casa Nº 17 calle 03 del Municipio Biruaca del Estado Apure; por la comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de ANA GRACIELA PULGAR, titular de la cedu.....