PRIMERO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 10 de marzo de 2010 dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró Parcialmente con Lugar la demanda incoada por los Apoderados Judiciales Abogados EUGENIO JOSÉ CRISOSTOMI y GERSON TORRES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro.15.958 y 120.916 respectivamente, de los ciudadanos IRMA TOVAR, FLOR ROJAS, PAULA LOPEZ, NILDA BETENCOURT, OSMERIDA CAMARIPANO, CARMEN MOTA, RAUL NIÑO, VIGDALIA LAYA, LENNY POLIDOR, ENDER SILVA, YARISMA ESPINOZA, CARMEN GOMEZ, YOVANY FERMIN, JOSE SANTANA Y CLARA RODRIGUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. 4.566.844, 10.617.158, 10.616.814, 10.623.150, 11.242.399, 2.229.459, 11.240.829, 13.639.946, 6.223.728, 9.870.249, 13.488.773, 11.239.169, 8.932.086, 9.105.114 Y 10.624.848 respectivamente, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE.
SEGUNDO: Se condena a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, a cancelar el pago equivalente.....