Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA el SOBRESEIMIENTO por prescripción de la acción, en la causa instruida en contra de EDIS ALEXANDER SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de 34 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-10.132.111, de profesión u oficio obrero, hijo de Carmen Sánchez y Luis Requiniva, residenciado en el Barrio Limoncito detrás de la Planta de Electricidad, primera casa s/n, Guasdualito, Estado Apure, por el delito de Hurto Calificado previsto y tipificado en el artículo 455 numeral 5º del Código Penal en perjuicio de de la Escuela Básica " La Manga" de Guasdualito, Estado Apure. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 108 numeral 4º y 110 del Código Penal; los artículos 48 nu.....