Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA PARCIALMETE CON LUGAR, la acción de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN Y BONOS EXTRAS fijada por este Tribunal, incoada por la ciudadana YELANIA DORAIMA FLANDEZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.086.393, de profesión u oficios secretaria, domiciliada en la Parroquia Codazzi del Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, en representación de la niña MARIA DANIELA FLANDEZ, en contra del ciudadano MANUEL ORTIZ NIEVE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.877.000, de oficio docente de aula, con domicilio en la Calle El Manguito, casa No. 25 de la población de Achaguas, Municipio Achaguas del Estado Apure, en virtud de quedar un saldo deudor por la cantidad CUARENTA B.....