En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano ALFARO PÁJARO ELIO, de nacionalidad Colombiana, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C 1.116.789.931, natural de Arauquita, Departamento de Arauca, República de Colombia, nacido en fecha 23-09-1989, de 19 años de edad, de profesión u oficio agricultor, hijo de Saúl Antonio Alfaro Caro y Ana Isabel Pájaro Arrieta, residenciado en la carrera 25 con 27, casa 25, Arauca, Departamento de Arauca, República de Colombia, Teléfono 0426-6772755, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código Org.....