En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano imputado JHONNY JOSUE BLANCO ESTEVAN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. V.- 20.520.216, natural DE El Nula, estado Apure, nacido en fecha 11-06-1987, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos José Blanco y Maritza Estevan, residenciado en Sarare Arriba, sector Balconcito, vía La Cascada del río Sarare, Fundo los Cedritos, El Nula, estado Apure, por la comisión del delito de CAMBIO ILÍCITO DE PLACAS DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 8 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: La continuación del proceso por el P.....