DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de Revisión y Aumento de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana MARIA DE LOURDES BRAVO titular de la Cédula de Identidad N° 13.639.856, en su condición de madre de los HNOS. MARCHENA BRAVO, FRANCISCO VALENTIN y VALENTINA LOURDES, a través de la Defensor Público Décimo Primero Abg. JESUS HERNANDEZ.-
SEGUNDO: Se AUMENTA con carácter DEFINITIVO como obligación Alimentaria a la suma equivalente al 26.5%, actualmente de OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 85.000,oo) mensuales, que el ciudadano FRANCISCO VALENTIN MARCHENA, venezolano, mayor de edad, Auxiliar de Servicio de Oficina, en el Hospital ¿Dr. Pablo Acosta Ortiz¿, titular de la Cédula de Identidad N° 4.669.195 y de este domicilio, debe cumplir a favor de sus hijos los HNOS. MARCHENA BRAVO, FRANCISCO VALENTIN y VALENTINA LOURDES la cual deberá ser aumentada en un 20% anual de la suma que perciba el padre como incremento salarial, es decir, 20% de la suma real que efe.....