PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, natural de San Fernando, Estado Apure, nacido el 19-09-1985, titular de la Cedula de Identidad personal Nº 11.761.037, soltero, ocupación u oficio Obrero, residenciado en la Guamita II, calle rio cunaviche, casa N° 3, de esta ciudad de San Fernando Estado Apure; por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor para la época de los hechos; como materializados en perjuicio de JOSE LORENZO MIRABAL Y JOSE GABRIEL ROJAS MOTA. En consecuencia, se condena al ciudadano: MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ, ya identificado, a cumplir la PENA DE UN (1) AÑO Y SESIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, prevista en el Artículo 13 numerales 1 del Código Penal, en relación a la interdicción civil y a la Inhabilitación Política por el tiempo que dure la pena, en el establ.....