En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, del ciudadano CAMEJO ALVARO LUÍS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.690.228, nacido el 22 de Enero de 1984, de 25 años de edad, no reservista, alfabeta, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, natural de Caracas, Distrito Federal, y residenciado en EL Sector Pueblo Nuevo, cerca de la Bomba Guasdualito, Calle sin número, casa sin número, estado Apure, número de teléfono 0278-5842422, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO previsto y sancionado en el artículo 2 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, cometido en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: La continuación del proceso por el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo estableci.....