Vista la solicitud, suscrita por la ciudadana ANA MARIA LUNA BLANCO, venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.912.035, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos JOSE ISMAEL LUNA BLANCO, VICTOR MANUEL LUNA BLANCO, YUNI JAVIER LUNA BLANCO y DARIA DE JESUS BLANCO DE LUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros.V-14.538.593, V-14.538.592, V-16.912.036, y V-6.935.889 respectivamente; debidamente asistidos por el abogado JOSE LUIS PEREZ MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 218.285; en la cual solicita se le declare, como "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de quien fuera su legítimo Padre y Cónyuge, el decujus YSMAEL DE JESUS LUNA GAMARRA, Quien fuera Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-1.837.004, fallecido ab-intestato el día Siete (07) de Febrero del año Dos Mil Diecisiete (2017). Publicado como lo fue el cartel de Notificación, así como también, oídas las decl.....