Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA
PRIMERO: admitir parcialmente la acusación Fiscal en contra del ciudadano: SAAVEDRA PICO MIGUEL ANTONIO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.546.245, de profesión u oficios obrero, de 25 años de edad, natural de El Amparo Estado Apure, en cuanto a los hechos signados con el No. 04-F3-448-2007, por la presunta comisión del delito de aprovechamiento de vehículo proveniente de hurto o tobo, previsto y sancionado en el artículo 09 de la Ley Sobre el Hurto o robo de vehículos automotores, en perjuicio del ciudadano Federico Capasso Martínez. Declarándose en consecuencia sin lugar la excepción establecida en el artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 4to. literal "e" opuesta por la defensa......