declara: PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional solicitada conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el ciudadano JACKSON JOSE GREGORIO SALINAS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.015.059, abogado, debidamente inscrito en el inpreabogado N° 227.350, actuando en su propio nombre y en representación, contra la providencia administrativa Nº 000000 237-2015, dictada en fecha 22 de Septiembre del 2015, por la Inspectoría del Trabajo con sede en San Fernando de Apure, Estado Apure, mediante el cual ese órgano administrativo declaro Sin Lugar, la solicitud de Reenganche y Restitución de Derechos al ciudadano JACKSON JOSE GREGORIO SALINAS SANCHEZ, identificado supra; SEGUNDO: Se SUSPENDEN LOS EFECTOS de la providencia administrativa Nº 000000 237-2015, dictada en fecha 22 de Septiembre del 2015, por la Inspectoría del Trabajo con sede en San Fernando de Apure, Estado Apure, mediante el cual e.....