Por los razonamientos precedentes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 64, penúltimo aparte, 532, 330 ordinal 6° y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS CONDENA al Acusado JOSÉ ROSARIO MONTOYA, quien es venezolano, mayor de edad, nacido el 31-03-1973, de 31 años de edad, de estado civil soltero, hijo de María Díaz (f) y de José Montoya (f), de profesión u oficio obrero, y residenciado en el Barrio Las Marías, casa S/N, San Fernando, titular de la cédula de identidad N° V-16.912.049, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, como autor responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Venezola.....