Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, intentada por la ciudadana LUZ MARINA BLANDON, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 25.288.374, en contra del ESTADO APURE, en consecuencia se ordena: SEGUNDO: se condena al Estado Apure a pagar a la parte actora, lo siguiente: por concepto de Antigüedad Viejo Régimen, por la cantidad de Cuatrocientos Cincuenta Bolívares Sin Céntimos (Bs. 450,00), por concepto de Intereses la cantidad de Ciento Setenta y Cuatro Bolívares con Veintisiete (Bs.174,27), por concepto de Bono de Transferencia, la cantidad de Trescientos Sesenta y Ocho Bolívares con Cuarenta y Seis Céntimos (Bs.368,46), por concepto de Intereses Art. 668 LOT, la can.....