este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Autorización expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha 17 de septiembre del año 2.013; dicho terreno consta de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300,00 M2); ubicado en "AV. PERIMETRAL SUR, EL TOCAL", de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: AVENIDA PERIMETRAL SUR, EN (20,00 Mts); SUR: PARCELA N° 22, EN (20,00 Mts); ESTE: CASA DEL SEÑOR JUAN MONSERRAT, EN (15,00 Mts); OESTE: PARCELA N° 27, EN (15,00 Mts); las cuales han construido con dinero de su propio peculio, a sus.....