Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, a favor de la ciudadana MARIA BEATRIZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, de oficio del hogar, domiciliada en esta ciudad de Barinas, nacida el día 21 de Octubre de 1.956, en la Población de Guasdualito, Distrito Páez, Jurisdicción del Estado Apure, siendo hija legítima de la ciudadana MARIA JESUS VARGAS.
Una vez firme la presente decisión se acuerda expedir Copia Certificada de la misma y remitirse a la Prefectura del Distrito Páez, Jurisdicción del Estado Apure, a fin de que ordene la inserción de dicho acto en los Libros de Registro Civil de Nacimientos respectivos.
Publíquese, regístrese y dejase copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fe.....