Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano DONADO ENRIQUE RAUL ENRIQUE, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de Ciudadanía Nº C.C- 6.795.454, de 38 años de edad, nacido en fecha 28-07-191968, natural de Banco El Magdalena, República de Colombia, de estado civil soltero, grado de instrucción 5º grado de Educación básica, de profesión u oficio Obrero, residenciado en hato Los Naranjales, propiedad del ciudadano Julio rojas, Estado Táchira, hijo de Raul Donado Gil y Francia Elena Gil, teléfono 0426-8277215 o 0426-4741462, por la presunta comisión del delito de USURPACIÓN DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLAN.....