Por todo lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 651 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como sentencia con AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el Decreto Intimatorio, dictado en el presente procedimiento de fecha 03-11-04, cursante al folio 24 del expediente, y DECRETA la EJECUCION FORZOSA, condenando a la parte demandada ciudadana: ZORAIDA JOSEFINA AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 8.553.146, y de este domicilio, a pagar las siguientes cantidades: La cantidad de DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 12.500.000,00), por concepto del capital efecto Mercantil demandado (Letra de Cambio); la cantidad de QUINIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES ( Bs. 520.833,00) por concepto.....