DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE ANULA las actuaciones que motivaron la aprehensión de los ciudadanos JORGE LUÍS GONZÁLEZ PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-17.362.070, natural de Villa Pastora Acarigua Estado Lara, estado civil Soltero, fecha de nacimiento 16-08-86, edad; 25, ocupación; estudiante Universidad Yacambu extensión Acarigua, lugar de residencia; Av. 22 Nº 33-22 Villa Pastora, hijo de los ciudadanos; Maria Pastora González (v) y Raúl Camacho (v). y VÍCTOR JOSÉ TORREYES RINCÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-19.249.184, fecha de nacimiento; 04-03-87, de edad: 24, residenciado en San Vicente estado Apure, de ocupación obrero de construcción, hijo de los ciudadanos: Gregoria del Carme Rincón (v) y Víctor Solange Torreyes (.....