Por todas las consideraciones anteriores, este JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara CON LUGAR la presente solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, a favor del adolescente, Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en virtud de que el ciudadano, EUCLIDES DE JESUS ZAPATA Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 8.153.691 , mantiene la carga familiar del adolescente, Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente téngase como carga familiar del ciudadano EUCLIDES DE JESUS ZAPATA al adolescente, Se omite de conformidad con lo establec.....