DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el Vinculo Matrimonial, contraído por los ciudadanos RUEDA PEDRO RUBÉN y CEDEÑO LILIAN CARMEN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.240.246 y V-8.997.905, respectivamente, y de este domicilio, el cual contrajeron en fecha 19 de Marzo del año 1999, por ante el Consejo Municipal del Municipio Biruaca, Estado Apure, según ACTA NUMERO CIENTO TREINTA Y DOS (132), de la misma fecha.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Veintiséis (26) días del mes de Octubre del año Dos Mil Cuatro. Años 194° de la Independenci.....