Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Se ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público de Guasdualito, en contra del imputado JHONATAN ENRIQUE CONTRERAS DÍAZ, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 22.795.412, natural de Guasdualito, estado Apure, donde nació en fecha 06-02-1995, de estado civil soltero, de oficio estudiante, hijo de Alexis Contreras y Yovana Díaz, residenciado en el barrio La Floresta, casa sin número, al lado de la carnicería que está llegando a los semáforos, casa del sr. Ovidio Camacho, frente a la casa de la Dra. Irina Briceño, Guasdualito, estado Apure, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobr.....