DISPOSITIVA.
Por las consideraciones antes expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente acción de Fraude Civil Ordinario incoado por el ciudadano Andrés Eloy Lugo Rodríguez, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la Cédula de identidad No.- 3.139.757, con domicilio en la Avenida Este No.- 16, casa No.- 99, Urbanización " San Agustín Norte" Caracas, Distrito Capital, debidamente asistido por el Abogado Alexis Rafael Moreno López, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.- 15.984, en contra de los ciudadanos ELOY LUGO, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la cédula de identidad No.- 201.982,ZOILA MARIA ESPINEL DE LUGO, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de identidad No.- 919.690, MORELLA ZULAY LUGO ESPINEL, Venezolana, Mayor de Edad, T.....