Finalmente y por cuanto de estas actuaciones sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos OLGA JUDIT MICHELENA RODRÍGUEZ, OLGA YUDIT RODRÍGUEZ DE MICHELENA, LUÍS ARMANDO, MIGDALIA ISABEL, WILMER ARMANDO, ZEINET DEL CARMEN, MARÍA EUGENIA, LUISA TERESA y LUÍS GERARDO MICHELENA RODRÍGUEZ venezolanos, civilmente hábiles y titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. N° 4.463.528, 1.337.598, 7.004.026, 7.812.851, 7.012.850, 7.054.695, 8.849.610, 7.133.055 y 12.431.153 respectivamente, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos OLGA JUDIT MICHELENA RODRÍGUEZ, OLGA YUDIT RODRÍGUEZ DE MICHELENA, LUÍS ARMANDO, MIGDALIA ISABEL, WILMER ARMANDO, ZEINET DEL CARMEN, MARÍA EUGENIA,.....