DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS, de la demanda que por Prestaciones Sociales incoara la ciudadana EILYN JOSEFINA MONTILLA ARMARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 14.693.809, domiciliada en la Avenida Primero de Mayo, al lado de la Escuela Ana Leonor Mayor, casa Nº 100, Municipio San Fernando de Apure, Estado Apure, contra empresa mercantil CIBERCAFE ACTIVATE COM. C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, bajo el Nº 38, Tomo 22-A, de fecha 07 de marzo de 2002, representada por la ciudadana JAQUELINE VIVAS LOVERA, Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.500.327, con domicili.....