Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del presente recurso de hecho, presentado por la ciudadana Paula Zaray Bravo de Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.689.247, debidamente asistida por el abogado Jean Carlos Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.977.757, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 192.100.
SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de hecho, interpuesto en fecha 17 de enero de 2.024, por la ciudadana Paula Zaray Bravo de Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.689.247, debidamente asistida por el abogado Jean Carlos Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.977.757, inscrito en el Inpreab.....